martes, 13 de noviembre de 2007

ESTE ES EL COMIENZO DE UN ANÁLISIS QUE INTENTA DESCUBRIR LAS FALENCIAS DE NUESTRO SISTEMA JURÍDICO.


EL POSITIVISMO JURÍDICO

El positivismo jurídico es la corriente de la ciencia jurídica que cree poder resolver todos los problemas jurídicos que se planteen a base del Derecho positivo, por medios puramente intelectuales y sin recurrir a criterios de valor.

Este positivismo jurídico no se gobierna solamente por principios lógicos, sino, sobre todo por principios jurídicos.

Principios
* Pesa sobre el juez la prohibición de crear Derecho. Con arreglo a la teoría de la división de los poderes, la misión de crear Derecho esta reservada a la representación popular. Montesquieu no se cansa de proclamar, en las palabras mas tajantes, la función no creadora, puramente reproductiva, del poder judicial. La sentencia del juez no debe contener nunca más que el texto exacto de la Ley; el funcionario judicial no es sino la boca que pronuncia las palabras de la Ley, un ser inanimado sin capacidad para atenuar su vigencia ni su rigor. El juez debe limitarse a expresar la sanción que la Ley decreta para tales o cuales actos y para ello necesita solamente de ojos. Es curioso que Montesquieu pretenda haber concebido esta imagen de un autómata jurídico precisamente en Inglaterra.¨

* También pesa sobre el juez la prohibición de negarse a fallar. El Código Civil Francés la formula taxativamente en su Artículo 4 “ El juez que se niegue a emitir fallo, pretextando que la Ley no resuelve el caso o es oscura o insuficiente, podrá ser acusada por denegación de justicia”. La ciencia jurídica es una ciencia practica; no puede, ante el imperativo de las necesidades de la practica, alegar que la ciencia no ha resuelto todavía el problema planteado; hay que dar por descartada la posibilidad de un non liquet en lo que a cuestión jurídica se refiere.

* La prohibición de crear Derecho y la de negarse a fallar solo pueden conciliarse entre sí si arrancan de un tercer supuesto, a saber: que la Ley carece de lagunas, no encierra contradicciones es completa y clara o por lo menos que partiendo de una ley llena de lagunas, contradicciones y oscura, cabe llegar a una decisión univoca de cualquier problema jurídico, por medios puramente intelectuales. Es el postulado o la ficción consistente en afirmar que la ley o, por lo menos, el orden juridico forma una unidad cerrada y completa.

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